Texto oficial
Artículo 26°.- El requerimiento se presentará ante el Secretario(a) Municipal, quien certificará el cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley.
Modifica y actualiza ordenanza comunal de participación ciudadana y convivencia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163577 / 10259129.