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Artículo 7º del Decreto 10

Aprueba reglamento que regula la administración de cierre y la administración provisional, de los colaboradores acreditados del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1165608 / 10271904.

Texto oficial

Artículo 7º.- Del plan de trabajo de la administración de cierre. Además de lo señalado en el artículo anterior, el plan de trabajo del/de la administrador/a de cierre deberá indicar lo siguiente: a) Todas las medidas que se estiman necesarias, según la línea de acción de que se trate, para asegurar la continuidad de la intervención de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios del Servicio, la derivación que resulte idónea y los plazos para su verificación. b) Todas las medidas y procedimientos que se han de desarrollar para proceder a la ejecución de las acciones pendientes y al cierre del convenio, vigente una planificación financiera de los recursos que se utilizarán para tal fin y los plazos para su verificación.