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Artículo 53 del Decreto 263

Aprueba reglamento de sanidad maritima, aerea y de las fronteras

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 11680 · idParte: 7143413

Texto oficial

Artículo 53.- En caso de enfermedad infecto-contagiosa o cuarentenable, se aplicarán las disposiciones del Reglamento Sanitario Internacional.