Texto oficial
Artículo 7°.- En caso de que una solicitud de
concesión definitiva de transporte considere varios puntos
de origen y destino entre los que se proyecta realizar
transporte de gas, deberán acompañarse los antecedentes y
documentos indicados en los numerales cuarto, quinto,
séptimo, octavo, noveno y décimo precedentes, para la ruta
especificada para unir cada par de puntos de origen y
destino.