Texto oficial
Artículo 72.- Renuévase la vigencia de la ley Nº
18.450, sobre fomento a la inversión privada en obras de
riego y drenaje, por el plazo de un año, a contar de la
fecha de término de la prórroga aprobada por el artículo
2º transitorio de la ley Nº20.401. Esta renovación es sin
perjuicio de otras renovaciones de mayor extensión
aprobadas por leyes especiales.