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Artículo primero del Decreto 5

Aprueba reglamento que fija estándares para la acreditación de colaboradores y para los programas de las líneas de acción del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170471 / 10296434.

Texto oficial

Artículo primero. La vigencia del presente reglamento será a contar de la entrada en operaciones del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 8 de enero de 2021, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez, o desde su publicación si ésta es en fecha posterior. Sin perjuicio de lo anterior, podrán dictarse a contar de la fecha de su publicación los actos administrativos que en virtud de este reglamento sean necesarios para posibilitar su implementación.