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Artículo 4 del Decreto 265

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 12.856

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11706 / 9091504.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las respectivas instituciones serán las Ley 17174 responsables directas de la administración de los fondos Art 7° Inc 3 que les otorgue el Consejo de Salud de las Fuerzas Armadas, debiendo rendir cuenta trimestralmente a la Contraloría General de la República, de las inversiones realizadas, sin perjuicio de la rendición de cuentas que deberán presentar al Consejo de Salud de las Fuerzas Armadas.