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Artículo 5 del Decreto 265

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 12.856

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11706 / 9091505.

Texto oficial

Artículo 5°.- Para la ejecución de los trabajos de Ley 12.856 construcciones, reparaciones y ampliaciones de servicios a Art 6° que se refiere la presente ley tendrá derecho preferente la Ley 15448 Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. Art 1° N° 5