Texto oficial
Artículo primero.- El nuevo inciso decimoséptimo del artículo 5 de la ley N° 17.798, sobre control de armas, entrará en vigencia en el plazo de tres meses contado desde su publicación en el Diario Oficial.
Modifica diversos cuerpos legales para fortalecer el control de armas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1171705 / 10303881.