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Artículo 6 de la Ley 21.419 · Crea la pensión garantizada universal y modifica los cuerpos legales que indica

Crea la pensión garantizada universal y modifica los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1171923 / 10305917.

Texto oficial

Artículo 6.- Agrégase en la letra b) del artículo 52 de la ley N° 21.196, a continuación de la expresión "aporte previsional solidario de la ley N° 20.255", la frase "y la Pensión Garantizada Universal".