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Artículo cuarto transitorio de la Ley 21.420 · Reduce o elimina exenciones tributarias que indica

Reduce o elimina exenciones tributarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172303 / 10307445.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Las disposiciones contenidas en el artículo 2 aplicarán a los beneficios obtenidos en virtud de contratos de seguros de vida que hayan sido celebrados a partir de la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial. En consecuencia, los beneficios obtenidos en virtud de dichos contratos se afectarán con el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, salvo los beneficios provenientes de seguros de invalidez y sobrevivencia señalados en el decreto ley Nº 3.500, de 1980.