Texto oficial
Artículo 20.- Para requerir la autorización excepcional a que se hace referencia en el artículo anterior, el extranjero interesado deberá presentar una solicitud al Servicio, la cual deberá contener las siguientes especificaciones:
a) Nombre y apellidos del interesado, individualización de su documento de viaje, y la indicación del correo electrónico que dispondrá para los efectos de las notificaciones, con expresa mención de su consentimiento para ser notificado mediante esa vía.
b) Hechos, razones y peticiones en que consiste su solicitud, considerando especialmente la individualización del acto administrativo que aplicó la sanción, y la exposición detallada de las razones por las cuales no le es posible cumplir con aquella de manera íntegra y oportuna.
c) Indicación precisa del paso fronterizo, puerto o aeropuerto desde el cual pretende egresar del país, el medio de transporte que utilizará para ello, y la fecha en la que ha programado su salida del territorio nacional.
d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado por el Servicio para ello.
El Servicio dispondrá de un plazo de hasta quince días hábiles para resolver la solicitud, por lo que esta última deberá presentarse con al menos dicha cantidad de días hábiles de anticipación en relación con la fecha en la que se encuentre programado el egreso.
Excepcionalmente, y en caso de situaciones urgentes e imprevistas que requieran de un pronunciamiento del Servicio en un plazo más breve que el señalado previamente, la solicitud deberá señalar expresamente dicha circunstancia, acompañándose además todos los elementos que permitan sustentar tal petición. En estos casos, la autorización podrá otorgarse en un plazo que no superará los tres días corridos contados desde la formalización de la solicitud.
En ningún caso se entenderá como urgente o imprevisto para los efectos previstos en este artículo, el solo hecho que el interesado plantee su solicitud con menos de quince días hábiles de anticipación a la fecha prevista para su salida del país.