Saltar al contenido

Artículo 55 del Decreto 296

Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310408.

Texto oficial

Artículo 55.- El titular de un permiso de residencia temporal podrá requerir el cambio de subcategoría, debiendo para ello cumplir las condiciones y requisitos definidos por el decreto supremo a que se refiere el artículo anterior. Con todo, la postulación referida en el inciso anterior deberá llevarse a cabo antes del vencimiento de los plazos para solicitar la prórroga del permiso de residencia, es decir, con no más de noventa y no menos de diez días de anticipación contados desde dicho vencimiento.