Texto oficial
Artículo 86.- Los rechazos y revocaciones de permisos de residencia y permanencia se dispondrán por resolución fundada del Director Nacional del Servicio, exenta del trámite de toma de razón.
Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310443.