Texto oficial
Artículo 11.- La División de Información y Economía Ambiental tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Asesorar al Ministro en la participación de la elaboración de los presupuestos ambientales sectoriales, promoviendo su coherencia con la política ambiental nacional;
b) Asesorar al Ministro en la evaluación ambiental de las políticas públicas, así como la proposición de instrumentos económicos de gestión ambiental y de sustentabilidad;
c) Elaborar los Análisis Generales de Impacto Económico y Social (AGIES) de los instrumentos de gestión ambiental propuestos por el Ministerio del Medio Ambiente, cuando corresponda;
d) Coordinar la elaboración y difusión de los informes sobre el estado del medio ambiente a nivel nacional, regional y local, y del reporte consolidado anual sobre la situación del medio ambiente a nivel nacional y regional;
e) Administrar el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes;
f) Administrar el Sistema Nacional de Información Ambiental;
g) Implementar y administrar un sistema de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa ambiental de carácter general vigente, incluyendo un catastro completo y actualizado de dicha normativa, el que deberá ser de libre acceso y disponible por medios electrónicos;
h) Elaborar, generar, recopilar, sistematizar y difundir la información ambiental del país incluyendo la elaboración de indicadores y cuentas ambientales;
i) Administrar la información de los programas de monitoreo de calidad del aire, agua y suelo, proporcionada por los organismos competentes, cuando corresponda;
j) Elaborar cada cuatro años informes sobre el estado del medio ambiente a nivel nacional, regional y local. Sin embargo, una vez al año deberá emitir un reporte consolidado sobre la situación del medio ambiente a nivel nacional y regional;
k) Elaborar la metodología para definir el costo social de la contaminación y la valoración de bienes y servicios ambientales cuando corresponda;
1) Participar, proponer y evaluar, en conjunto con los demás organismos que correspondan, principios de sustentabilidad en políticas económicas del país y asesorar al Ministro en materias de consumo y producción sustentable;
m) Desarrollar estudios y metodologías que fomenten el consumo responsable, análisis de ciclo de vida, etiquetados ambientales, consumo y producción sustentable;
n) Colaborar con las autoridades competentes en el diseño y elaboración de políticas tributarias ambientales, coordinando la implementación de éstas en el Ministerio;
Analizar y evaluar el impacto de políticas e instrumentos económicos en Chile en relación a la protección del medioambiente, y el ejercicio de las políticas, planes y programas ambientales.