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Artículo 38 del Decreto 19

Aprueba reglamento de la ley n° 21.378, que establece monitoreo telemático en las leyes n° 20.066 y n° 19.968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174356 / 10322175.

Texto oficial

Artículo 38.- Acto administrativo que apruebe la eliminación. Con el mérito de la información que le remita el responsable del banco de datos, el Jefe de Servicio deberá dictar el respectivo acto administrativo, ordenando la eliminación de la información de que se trate.