Texto oficial
Artículo 74.- Serán aplicables a los condominios de
viviendas de interés público los artículos 23 y 24 de
esta ley, referidos a las subadministraciones.
Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174663 / 10326576.