Texto oficial
Art. 3.o El desempaño de la Comisión Administrativa a que se refiere esta ley, no dará derecho a sus miembros a ninguna clase de remuneración.
Concede personalidad juridica a la comision administrativa compuesta del intendente de concepcion, el primer alcalde de la misma ciudad y el vicepresidente de la junta de beneficencia de concepcion, para que desempeñe la administración del fundo "hualpen"
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1175442 / 10331905.