Texto oficial
Artículo 44.- Protección de la capa de ozono y
gestión del cambio climático. Las acciones establecidas en
el marco del Convenio de Viena para la Protección de la
Capa de Ozono, el Protocolo de Montreal relativo a las
Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y sus respectivas
enmiendas y ajustes contribuyen al cumplimiento de los
compromisos internacionales adquiridos por el Estado de
Chile en materia de cambio climático.
Con el objeto de apoyar la implementación de la
Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal, los
instrumentos de gestión del cambio climático deberán
considerar especialmente medidas que contribuyan al control
de los gases de efecto invernadero previstas en la ley N°
20.096, que establece mecanismos de control aplicables a las
sustancias agotadoras de la capa de ozono.