Texto oficial
Artículo cuarto.- Las disposiciones de los artículos
40 y 46, N° 4, sólo entrarán en vigencia una vez que se
dicte el reglamento a que hace referencia el artículo 40.
Ley marco de cambio climático
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1177286 / 10341115.