Texto oficial
Artículo 12°.- Información requerida a las Empresas. La información que sea requerida por cada superintendencia, deberá ser enviada a través de la plataforma que se dispondrá para las Empresas dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de este acto administrativo.
Lo anterior, conforme con las instrucciones o protocolos, dictados en conformidad a la normativa de cada superintendencia los que deben ser informados a las Empresas a quienes se aplica esta ley.