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Artículo 17 de la Ley 21.472

Crea un fondo de estabilización de tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179524 / 10353362.

Texto oficial

Artículo 17.- El Ministerio de Energía deberá presentar a las comisiones de Minería y Energía, y a la de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, cada seis meses desde la publicación de esta ley, una evaluación detallada de la implementación del Fondo de Estabilización de Tarifas, y del Mecanismo Transitorio de Protección del Cliente.