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Artículo 17 bis E del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356480.

Texto oficial

Artículo 17 bis E.- La remuneración mensual de los Ley N° 19.996 integrantes del Tribunal será la suma de cincuenta unidades Artículo único N° tributarias mensuales, para los miembros titulares, y de 20 veinte unidades tributarias mensuales, para los suplentes. D.O. 11.03.2005 Cada miembro del Tribunal percibirá, además, la suma de Ley N° 19.996 0.4 unidades tributarias mensuales por cada causa sometida a Artículo único N° su conocimiento resuelta. En todo caso, la suma total que 20 cada miembro puede percibir mensualmente por este concepto D.O. 11.03.2005 no podrá exceder de cincuenta unidades tributarias mensuales.