Texto oficial
Artículo 17 bis H.- El Tribunal contará con una Ley N° 19.996
dotación garantizada de un Secretario Abogado, dos Artículo único N°
Relatores Abogados y cuatro funcionarios administrativos, 20
los que pertenecerán a la planta de la Subsecretaría de D.O. 11.03.2005
Economía y Empresas de Menor Tamaño y estarán destinados Ley N° 20.416
permanentemente al Tribunal de Propiedad Industrial. Estos Artículo Décimo
se regirán, en todo, por las normas aplicables a los Tercero
funcionarios de dicha Subsecretaría, salvo en aquello que D.O. 03.02.2010
sea incompatible con la naturaleza de su función.
Cualquiera de los relatores podrá subrogar al Ley N° 19.996
Secretario, quien también podrá relatar subrogando a Artículo único N°
aquellos. 20
D.O. 11.03.2005