Texto oficial
Artículo 21.- El registro de marcas comerciales se Ley N° 19.039
llevará en el Instituto y las solicitudes de inscripción Artículo 21
se presentarán ajustándose a las prescripciones y en la D.O. 25.01.1991
forma que establezca el reglamento. Ley N° 20.254
Toda solicitud que enumere varias clases de productos Disposición primera
y/o servicios, denominada en adelante "solicitud inicial", transitoria
podrá ser dividida, a petición del solicitante, en dos o D.O. 14.04.2008
más solicitudes, denominadas en adelante "solicitudes Ley N° 20.569
divisionales". Para este efecto, el solicitante deberá Artículo único N°
indicar en cada una de ellas la distribución de los 3
productos y/o servicios. Las solicitudes divisionales D.O. 06.02.2012
conservarán la fecha de presentación de la solicitud
inicial y el beneficio del derecho de prioridad, si lo
hubiere. Las solicitudes divisionales darán lugar a los
pagos respectivos que correspondan, como si se tratara de
una nueva solicitud.
La petición para dividir la solicitud para el registro Ley N° 20.569
de una marca comercial puede formularse hasta antes de la Artículo único N°
decisión final del Instituto sobre la solicitud inicial de 3
su registro, ya sea que se trate de una solicitud con o sin D.O. 06.02.2012
juicio de oposición en trámite. Asimismo, la petición
podrá presentarse durante la apelación o reclamación
contra la decisión relativa al registro de la marca.
Los registros de marcas comerciales vigentes siempre Ley N° 20.569
podrán ser divididos. En aquellos casos en que se esté Artículo único N°
impugnando su validez ante el Instituto o durante la 3
apelación en un juicio de nulidad de una marca registrada, D.O. 06.02.2012
se podrá solicitar su división en términos similares a
los señalados en los incisos precedentes.
Durante la tramitación de una observación de fondo, Ley N° 20.569
procedimiento de oposición, de nulidad, o de otro recurso Artículo único N°
pendiente, la división de la solicitud o del registro, 3
sólo será procedente cuando, como resultado de la D.O. 06.02.2012
división, la observación de fondo, el juicio de
oposición, el juicio de nulidad o el recurso de que se
trate, queden circunscritos a una de las solicitudes o uno
de los registros divididos.