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Artículo 31 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356537.

Texto oficial

Artículo 31.- Se entiende por invención toda solución a un problema de la técnica que origine un Ley N° 19.996 quehacer industrial. La invención podrá ser un producto o Artículo único N° un procedimiento o estar relacionada con ellos. 35 Se entiende por patente el derecho exclusivo que D.O. 11.03.2005 concede el Estado para la protección de una invención. Los Ley N° 19.996 efectos, obligaciones y limitaciones inherentes a la patente Artículo único N° están determinados por esta ley. 35 D.O. 11.03.2005