Texto oficial
Artículo 32.- Las patentes podrán obtenerse para
todas las invenciones, sean de productos o de Ley N° 19.996
procedimientos, en todos los campos de la tecnología, Artículo único N°
siempre que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean 37
susceptibles de aplicación industrial. D.O. 11.03.2005