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Artículo 50 bis del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356559.

Texto oficial

Artículo 50 bis.- En los casos enL que quien haya ey N° 21.355 obtenido la patente no tuviere derecho, el legítimo titular Art. 1 N° 29 tendrá derecho a solicitar la transferencia del registro y D.O. 05.07.2021 la correspondiente indemnización de perjuicios. Esta acción podrá ejercerse durante toda la vigencia del registro. Conocerá de ella el juez de letras en lo civil, según las normas generales de competencia y de acuerdo al procedimiento sumario establecido en el Código de Procedimiento Civil.