Texto oficial
Artículo 13°.- La verificación de los requisitos señalados en al artículo anterior, se ajustará a las normas que al efecto dicte la Superintendencia de Seguridad Social.
Aprueba reglamento del subsidio para las personas con discapacidad mental y física o sensorial severa a que se refiere el artículo 35 de la ley n° 20.255, conforme a las modificaciones introducidas en la ley n° 21.419
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1181014 / 10363176.