Texto oficial
Artículo 5.- Los criterios determinados en el decreto supremo indicado en el artículo precedente, no serán aplicables a las empresas de menor tamaño definidas en el Artículo Segundo de la Ley N° 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, las que en consecuencia no podrán ser incluidas en el decreto referido.