Texto oficial
Artículo primero.- Dentro del plazo de diez meses, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, se deberá dictar el reglamento que establezca las disposiciones necesarias para su ejecución.
Regula los biocombustibles sólidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1183783 / 10376863.