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Artículo 20 del Decreto 435 EXENTO

Aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las garantías chile apoya

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186583 / 10388396.

Texto oficial

Artículo 20. Constitución de las Garantías Chile Apoya. Las Garantías Chile Apoya se entenderán constituidas al extenderse el título representativo del finciamiento con Garantía Chile Apoya, donde además se deberán señalar, a lo menos, las condiciones del financiamiento, la tasa de interés anual aplicable, el porcentaje sujeto a la Garantía Chile Apoya y el plazo de vigencia de la Garantía Chile Apoya, cuando éste sea inferior al plazo del financiamiento. En el mismo instrumento se podrán incluir las declaraciones de la empresa de uso o destino de los recursos y cualquier otra necesaria. Para que la Garantía Chile Apoya tenga validez, además de lo establecido precedentemente, deberá estar registrada o formalizada en los sistemas de Fogape (sistema SAFIO).