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Artículo 27 del Decreto 435 EXENTO

Aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las garantías chile apoya

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186583 / 10388405.

Texto oficial

Artículo 27. Tramitación digital. La tramitación de las solicitudes de financiamiento ante las instituciones financieras, el otorgamiento del instrumento representativo del financiamiento y la presentación de los antecedentes necesarios ante el Fondo para el pago de la Garantía Chile Apoya, podrá realizarse a través de los medios digitales o de comunicación a distancia, que permitan a la empresa solicitante contar con información previa sobre las condiciones de contratación y tener respaldo de ellas, con adecuados resguardos de autentificación e integridad. Lo anterior es sin perjuicio de aquellos requisitos y solemnidades que se requieran para determinado tipo de contratos o instrumentos, de conformidad a lo dispuesto en ordenamiento jurídico general, en lo que fuere aplicable.