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Artículo 3° del Decreto 5

Aprueba reglamento que regula la estructura y contenido del sistema integrado de información, seguimiento y monitoreo del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y otras materias que indica, según lo previsto en el artículo 31 de la ley n° 21.302

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186659 / 10388784.

Texto oficial

Artículo 3°.- Para efectos del presente reglamento se entenderá por: a) Usuarios del Sistema: todas aquellas personas que tienen acceso al Sistema a través de credenciales (usuario y contraseña) personalizadas e intransferibles. b) Perfiles de usuario: configuración de roles y permisos específicos que se otorgan a los distintos usuarios para el tratamiento de los datos personales albergados en el Sistema, según las funciones que estos cumplen en relación con la ejecución de las líneas de acción y sus respectivos programas y proyectos dentro del alcance del Sistema. c) Fuentes de datos internas: datos recolectados como resultado de la ejecución de las líneas de acción a que alude el artículo 18 de la Ley. d) Fuentes de datos de origen externo: datos recolectados y proporcionados por organismos externos al Servicio, como lo son otros órganos de la Administración del Estado.