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Artículo 45 de la Ley 21.526

Otorga reajuste de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187103 / 10391815.

Texto oficial

Artículo 45.- Renuévase la vigencia de la ley Nº18.450, sobre fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, por el plazo de un año, a contar de la fecha de término de la renovación a la cual se refiere el artículo 72 de la ley Nº21.405. Esta renovación es sin perjuicio de otras prórrogas de mayor extensión aprobadas por leyes especiales.