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Artículo 3 del Decreto 8

Aprueba reglamento que regula el instrumento de focalización necesario para la prevención y detección oportuna de riesgos de vulneraciones y vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente y la entrega de su oferta, según lo dispuesto en el párrafo segundo de la letra c), del artículo 66 de la ley nº 21.430

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1188654 / 10405009.

Texto oficial

Artículo 3.- Definiciones. Para los efectos de este reglamento se entenderá por: 1) Alertas administrativas: Situación de vulneración o riesgo de vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente, identificada mediante el uso de información autorreportada levantada por el gestor o gestora local e información administrativa disponible en el Registro de Información Social. 2) Información autorreportada: Corresponde a la información comunicada o ingresada directamente por el niño, niña o adolescente, su familia o cuidadores. 3) Prelación: Orden de preferencia obtenida a partir de la aplicación del instrumento de focalización, en virtud de la cual un niño, niña o adolescente podrá ser atendido prioritariamente en relación con otro u otros. 4) Nómina: Lista individualizada de niños, niñas y/o adolescentes ordenados por prioridad según el modelo de apoyo para la prelación en el que se basa el instrumento de focalización a que hace alusión el artículo 1 de este reglamento. 5) Modelo de apoyo para la prelación: Modelo consistente en un conjunto de reglas que utiliza como base modelos de estimación de riesgo, constituyendo un apoyo para la identificación adecuada de un orden de prelación conforme al cual un niño, niña o adolescente podrá ser considerado o considerada al momento de recibir una prestación por parte de la Oficina Local de la Niñez respectiva. Este modelo se genera a partir de campos de información y/o indicadores, junto con la definición de la variable objetivo en base a la cual se hará la estimación. 6) Campos de Información: Unidad mínima de información autorreportada o administrativa disponible en el Registro de Información Social. 7) Indicador: Descriptor que permite identificar factores de riesgo y/o factores protectores en torno a riesgos de vulneraciones o vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente, construido en base a campos de información autorreportada o información administrativa disponible en el Registro de Información Social. 8) Variable objetivo del modelo de apoyo para la prelación: Indicador que identifica o determina la ocurrencia de un evento, condición o situación de riesgo de vulneraciones o vulneración de derechos, que el modelo de estimación de riesgo busca identificar. 9) Factor de Riesgo: Evento, condición o situación que podría incidir negativamente en la situación de un niño, niña o adolescente y que, por tanto, podría aumentar las probabilidades de ser sujeto de una vulneración de derechos. 10) Factor Protector: Evento, condición o situación que podría incidir positivamente en la situación de un niño, niña o adolescente y que, por tanto, podría reducir las probabilidades de ser sujeto de una vulneración de derechos. 11) Dimensión: Área de desarrollo de un niño, niña o adolescente, en la que es posible identificar la existencia de factores de riesgos o protectores en torno a riesgos de vulneraciones o vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente.