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Artículo segundo transitorio de la Ley 21.550

Impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el aporte familiar permanente en 2023; un incremento permanente en la asignación familiar y maternal y en el subsidio único familiar, y su automatización para las personas que indica, y la creación del bolsillo familiar electrónico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1190623 / 10417893.

Texto oficial

Artículo segundo.- El reglamento al que se refieren los artículos 10, 11 y 12 se dictará dentro del plazo de treinta días corridos contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.