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Artículo 10 de la Ley 21.549

Crea un sistema de tratamiento automatizado de infracciones del tránsito y modifica las leyes n° 18.287 y n° 18.290

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1191007 / 10422117.

Texto oficial

Artículo 10.- La notificación a que hace referencia el artículo anterior deberá contener: 1. La identificación del vehículo motorizado con el que se hubiese cometido la infracción. 2. La descripción de los hechos concretos que constituyen la infracción, con mención expresa del lugar, fecha y hora de su comisión. Deberá adjuntarse el respectivo registro obtenido por los equipos automatizados. 3. La norma transgredida. 4. El monto de la multa por aplicar, los plazos para pagarla y los descuentos asociados a su pago anticipado en reconocimiento de la infracción detectada, y los efectos de su no pago. 5. El sitio electrónico habilitado para realizar el pago anticipado. 6. La enunciación de las causales a que podrá acogerse en caso de oposición a la sanción.