Texto oficial
Artículo 4°.- Determínase que la fecha de entrada en vigencia de la planta de directivos señalada en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley será a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Fija planta de directivos del servicio nacional de reinserción social juvenil, y regula otras materias a que se refiere el artículo tercero transitorio de la ley nº 21.527
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1191033 / 10422563.