Texto oficial
Artículo primero transitorio. El reglamento aprobado por el presente decreto entrará en vigencia una vez transcurridos 18 meses desde su publicación en el Diario Oficial.
Aprueba reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192244 / 10431583.