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Artículo 3 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192307 / 10436443.

Texto oficial

Art. 3.° Se concede a la empresa el uso de los terrenos fiscales que sean necesarios para la construcción del camino i sus estaciones, i la parte de las vías públicas que pueda atravesar el ferrocarril, con tal que esta ocupación no perjudique el servicio a que están destinadas.