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Artículo 4 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192307 / 10436444.

Texto oficial

Art. 4.° Se declaran de utilidad pública los terrenos de propiedad particular i municipales que necesite la empresa para el camino, desvíos, estaciones i edificios i las compras que hiciere serán libres del derecho de alcabala.