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Artículo 6° de Auto Acordado S/N

Auto acordado que adecúa el funcionamiento del centro de medidas cautelares de los juzgados de familia de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1193210 / 10436686.

Texto oficial

Artículo 6°. Objetivo. Conocer de manera especializada, profesional y preferente, las materias de familia relacionadas con grupos vulnerables, como son los niños, niñas y adolescentes sujetos de vulneración de sus derechos e infractores de ley y las víctimas de violencia de género y/o intrafamiliar.