Saltar al contenido

Artículo 4° de Auto Acordado 124

Acta nº 124-2023

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1193850 / 10441065.

Texto oficial

Artículo 4°. Fin de la emergencia y retorno al lugar de trabajo. Se entenderá que la emergencia ha concluido una vez que el niño, niña o adolescente salga del estado en que se encontraba, quedando a salvo su integridad.