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Artículo 4 del Decreto 12

Establece norma técnica de interoperabilidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195125 / 10450328.

Texto oficial

Artículo 4.- Componentes de la red de interoperabilidad. La red de interoperabilidad tendrá los siguientes componentes: 1) Nodos de interoperabilidad. 2) Servicios centralizados de interoperabilidad. 3) Herramientas complementarias: Gestor de Códigos del Estado y Catálogo de Procedimientos Administrativos y Trámites. 4) Elementos transmisibles en la red de interoperabilidad. Los componentes indicados en los numerales 1), 2) y 3) anteriores, se disponibilizarán a todos los órganos de la Administración del Estado por parte de la Secretaría de Gobierno Digital.