Texto oficial
Artículo cuarto transitorio.- Los esquemas asociados a
PISEE deberán ser revisados por los órganos de la
Administración del Estado que los utilicen, teniendo un
año desde la entrada en vigencia de esta norma técnica
para modificar, ajustar o actualizar los esquemas a aquellos
contenidos en el Catálogo de Servicios de
Interoperabilidad.