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Artículo 23 de Auto Acordado 164

Acta nº 164-2023

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195253 / 10451466.

Texto oficial

Artículo 23. Medios técnicos. Los medios técnicos necesarios para teletrabajar serán provistos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en la medida de que lo permitan los recursos disponibles.