Texto oficial
Artículo 11.- Régimen laboral. El personal se regirá
por las normas del Código del Trabajo, por las
disposiciones del decreto ley N° 249, del Ministerio de
Hacienda, promulgado el año 1973 y publicado el año 1974,
que fija escala única de sueldos para el personal que
señala, y las especiales de la presente ley.