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Artículo 13 de la Ley 21.603

Regula el funcionamiento, organización, funciones y atribuciones de la comisión para la fijación de remuneraciones que indica el artículo 38 bis de la constitución política de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1196043 / 10457970.

Texto oficial

Artículo 13.- Causales de cesación. Serán causales de cesación en el cargo, las siguientes: 1. Expiración del plazo señalado en el artículo 6. 2. Renuncia aceptada por el Presidente o la Presidenta de la República por intermedio del Ministro o de la Ministra de Hacienda. 3. Sobreviniencia de alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contempladas en los artículos 11 y 12, respectivamente. 4. Incumplimiento grave de sus funciones y deberes.