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Artículo 20 de la Ley 21.603

Regula el funcionamiento, organización, funciones y atribuciones de la comisión para la fijación de remuneraciones que indica el artículo 38 bis de la constitución política de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1196043 / 10457977.

Texto oficial

Artículo 20.- Normas de funcionamiento. La Comisión sesionará con la asistencia de al menos tres de sus miembros, y deberá adoptar sus acuerdos con el voto favorable de la mayoría de los asistentes. En caso de empate, dirimirá quien presida la reunión. El decreto supremo a que se refiere el inciso siguiente establecerá la forma en que deberá efectuarse la citación a sesiones ordinarias y extraordinarias y la frecuencia mínima de su celebración. La Comisión establecerá sus demás normas de funcionamiento interno, las que serán aprobadas por tres cuartos de sus miembros en ejercicio, y su aprobación se dispondrá mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda.